Sobre hierbas patrimoniales y otras rarezas Malezas y Buenezas

Patrimonio Cultural Inmaterial, inventarios, listas, registros, gestión, salvaguardia y reconocimientos. Tesoros Humanos Vivos, institucionalidad, Ministerio, Subsecretaría, UNESCO. Conceptos ajenos, palabras tan serias y muchas veces lejanas, palabras difíciles de llevar a una conversación de sobremesa o a una tarde en el taller afanando el oficio.

¿Cómo aproximarnos a ellas sin perdernos en la intención de entenderlas?. No debemos olvidar que estamos hablando en el fondo de cosas simples, que nos ocurren día a día, de consideraciones con respecto a nuestra condiciones de seres humanos y el entorno que habitamos. Ocurrió que en un momento un grupo de personas fue especializando el vocabulario a tal punto que hoy nos cuesta entender a simple lectura sobre lo que están hablando. Quizás, una primera pregunta para acercarnos a estos temas podría ser ¿qué son esas palabras, de dónde vienen? la segunda pregunta ¿para qué sirven? la tercera ¿para qué me/nos sirven? No podemos decir que tenemos las respuestas exactas, pero al menos, quisiéramos aportar algunas ideas y reflexiones que hemos trabajado al respecto para compartirlas sin mucha pretensión. A quienes les llegue un eco con estas palabras, les pedimos que las lean con ojos y corazones críticos, con sospecha y suspicacia, porque siempre serán conceptos que vienen de lejos y han sido apropiados. Son conceptos que fueron adoptados por personas en ciudades lejanas, en Europa, por profesores de universidades y profesionales entusiastas. Ideas que han experimentado un largo recorrido hasta llegar a Chile para plantarse en nuestro territorio, por lo que hemos tenido que aprender a cocinar con ellas. Las invitamos a revisar el camino que hicimos para averiguar el origen de esta buena y mala hierba.

Los orígenes: Naciones Unidas, UNESCO y derecho a la identidad cultural.

Un origen fácil de rastrear es la UNESCO. Es importante decir que UNESCO es una sigla compuesta por palabras en inglés: United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization. En español quiere decir Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Como dice su nombre, esta organización está vinculada a las Naciones Unidas, que es una organización internacional que nació en 1945 luego de la Segunda Guerra Mundial, orientada a trabajar por “la paz y la seguridad internacional”. Es como una Junta de Vecinos del mundo, donde hay representantes de varios territorios, que se reúnen a conversar y tomar acuerdos; los países poderosos ejercen su influencia y los más chiquititos se sienten bien solo por sentarse en la mesa. Es una organización política, donde cada parte resguarda sus intereses económicos, pero también es importante decir que de su seno han surgido los principales documentos de Derechos Humanos que conocemos hasta ahora, como por ejemplo, la Declaración Universal de los Derechos Humanos o la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. ¿Qué son los Derechos Humanos? ¡¿Ay, para dónde se nos fue la conversación?!

De forma simplificada, y quizá algo incompleta, podríamos decir que los Derechos Humanos son aquellos derechos que hemos acordado que nos corresponden como personas, que nos permiten asegurar nuestra dignidad, y poner un límite al poder del Estado. De alguna forma esta Junta de Vecinos del mundo se ha puesto de acuerdo para asegurarnos ciertas garantías en nuestras vidas, poniendo límites a quienes detentan el poder para que no ocurran abusos como los que se han presentado durante la historia de la humanidad como, por ejemplo, con el Régimen Nazi en Alemania, todas las Dictaduras Militares en América o el Apartheid en Sudáfrica.

Es importante señalar que dentro del amplio paisaje de los Derechos Humanos, hay distintas dimensiones según qué tipos de derechos se busca proteger. Por respeto a las lectoras y a su valioso tiempo, no nos extenderemos en este punto por lo que solo haremos referencia a los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales. Pero, vale la pena señalar aunque sea de refilón, que también existen otros derechos importantes, como son los Derechos Civiles y Políticos.

Los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales son igual de importantes a todos los demás, y dicen relación con la necesidad de asegurar condiciones de vida dignas para todas las personas, así como la libre determinación de los pueblos. Derechos como el trabajo, la salud, la alimentación, la vivienda, el agua y el saneamiento o la educación, son considerados Derechos Humanos, agrupados dentro de esta categoría. Acá también se inscribe lo que entendemos como “el derecho a participar en la vida cultural” o el derecho a la identidad cultural.

Ahora bien, para saber qué significa en concreto proteger la cultura y la identidad cultural debemos reflexionar acerca del contenido y la profundidad de esas palabras. No podemos asegurar que haya una única definición de lo que es cultura o identidad ¡y eso es una buena noticia!. Ya sabemos lo que pasa cuando alguien de fuera viene a decirnos si nuestras costumbres son cultura o no. La diferencia de opiniones al respecto hace patente que son conceptos que generan discusión, y que la elección de uno u otro camino puede tener consecuencias directas en nuestra vida cotidiana y en nuestra subsistencia. Es por esto que cuando se habla de estos temas tratamos de ser muy cuidadosas para no caer en opiniones tajantes y autoritarias, más bien, es importante abrir la mente para estar siempre dispuestas a tener una buena conversación al respecto, como cuando se habla con una amiga.

Pero en términos generales podríamos decir que el derecho a la identidad cultural es el derecho al libre acceso y a la efectiva protección de todos los elementos que rodean los modos de vida de una persona, y las interrelaciones que genera con su entorno, tanto natural como social o espiritual. Eso significa que las leyes deberían garantizar las condiciones para que cada comunidad, pueblo, idiosincrasia, colectivo y/o personas individuales puedan mantener sus distintas formas de vida de forma libre. ¿Qué queremos decir con esto? Vamos a dar un ejemplo muy cotidiano y sencillo: más de alguna tiene su huerta donde cultiva a la forma que se lo enseñaron desde niña sus familiares, y necesita agua para poder mantenerla y poder generar parte del alimento de su hogar. Si no se garantiza que usted tenga agua para que riegue su huerta, se están violando sus derechos.

¿Por qué llegamos a este punto? Porque aquí aparece lo que actualmente conocemos como patrimonio cultural, concepto que tantas veces hemos escuchado en estos últimos años y al que tanto tiempo le hemos entregado para entenderlo.


Convención de Patrimonio Mundial y Natural, y Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.

Sucede que como consecuencia de la Segunda Guerra Mundial, las Naciones Unidas decidieron que era importante desarrollar un organismo que velará por la educación, la ciencia, la cultura y la naturaleza a nivel mundial. Podríamos decir que la Junta de Vecinos del mundo sintió la necesidad de conformar un comité de cultura. Así nació la UNESCO, que es de lo que estábamos hablando hace varios párrafos atrás.

En este contexto es importante señalar, que en Europa hace rato que se hablaba de patrimonio o “herencia” para referirse a diferentes elementos de carácter identitario o cultural, particularmente ruinas romanas y medievales, así como también bienes arqueológicos provenientes de conquistas imperialistas, como por ejemplo, parte de la Muralla China, las cabezas Olmecas de lo que hoy conocemos como México o los Moai de Isla de Pascua.

De esta forma la UNESCO se vió influenciada por las discusiones académicas y políticas de la época, en donde por una parte, impuso esta noción del patrimonio como aquello relacionado a grandes espacios, grandes construcciones, grandes sitios, como por ejemplo: las ruinas de Machu Pichu en Perú, construyéndose así la idea de que lo patrimonial es aquello que es “único”, “excepcional”, “íntegro” y “auténtico”. Pero además, se establecieron procedimientos muy autoritarios para definir qué es valorable y qué no respecto de la diversidad y pluralidad cultural de los pueblos, ignorando a las personas como sujetos de derechos, así como los procesos sociales que le son inherentes. Esto quiere decir que fueron “los expertos” quienes tomaron las decisiones, y definieron de antemano y bajos sus criterios las formas en cómo debían tomarse esas decisiones. Dejaron fuera de esos espacios a las personas afectadas, y no consideraron sus formas locales y tradicionales de llegar a acuerdos y/o de expresar su parecer.

El año 1972 se dictó, bajo esas premisas, la Convención de Patrimonio Mundial, orientada a proteger el patrimonio cultural inmueble y sitios naturales, de “Valor Universal Excepcional”. Es importante aclarar que una “convención” es un acuerdo o tratado internacional, que firman varios países y cuyo cumplimiento es obligatorio para el país que lo ratifica, o sea que lo reconoce y firma, y que por lo tanto, pasa a ser parte de las normas internas como una ley más. En el caso de la Convención de Patrimonio Mundial, ésta protege el patrimonio cultural de carácter material, tal como monumentos, conjuntos urbanos y lugares, y patrimonio natural, pero el valor de las personas y sus conocimientos quedó bien oculto al fondo del patio.

A poco andar de haberse aprobado la Convención de Patrimonio Mundial, Bolivia, país integrante de la UNESCO, hizo notar que la convención no protegía el principal valor cultural de América Latina: los conocimientos ancestrales de los pueblos originarios. Desde ahí pasó muuuuucha agua bajo el puente, discusiones y lobby internacional, hasta que, para saldar una gran deuda, en el año 2003 (¡31 años después!) se dictó la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial. Parece que era un tema bastante incómodo si les tomó tanto tiempo ponerse de acuerdo. Y es que reconocer el patrimonio inmaterial de las comunidades, significa, por una parte, reconocer el estado de riesgo en que se encuentra, como consecuencia de la vida moderna a la que se han visto enfrentadas (de lo cual la UNESCO también es responsable, por promover una determinada idea de lo que es valioso en términos culturales), pero además, porque significa reconocer la libertad de los pueblos de autodeterminarse, y de exigir el respeto por sus derechos culturales. Solo imaginemos que hasta el día de hoy en Chile aún no reconocemos a nuestros pueblos originarios dentro de la Constitución.


¿Y qué ha pasado en Chile? Una breve historia de la versión chilena del patrimonio cultural.

Hasta ahí dejamos lo que sucedía en el mundo, porque en Chile también pasaron cosas. La Ley de Monumentos Nacionales (1970), fue el único documento normativo que reguló el patrimonio cultural por muchos años. El año 1980 se ratificó la Convención de Patrimonio Mundial y Natural que, como dijimos, solo protege el patrimonio cultural de carácter material. Hubo un silencio demasiado grande y largo en relación al reconocimiento de la multiplicidad de culturas y expresiones culturales presentes en el territorio. De hecho, sólo se conocían monumentos y elementos inertes. Pero quizás, a partir de la ratificación de Chile de la Convención de Patrimonio Mundial y Natural, se instaló la palabra “patrimonio” como parte del discurso oficial.

¿Qué es patrimonio? Hay muchísimas definiciones, y es difícil casarse con sólo una, pero sí es importante decir que patrimonio viene de la traducción al español de la palabra heritage, que en inglés, significa herencia. La idea de herencia cultural representa un legado de conocimientos, técnicas, tradiciones, que se entregan, que se aportan, que se transfieren entre unas con otras, ya sea entre generaciones o entre contemporáneas, de forma espontánea o de forma consensuada, pero, por ser algo colectivo, es inapropiable, es decir, no se puede privatizar.

Y la palabra patrimonio, aunque tiene buen lejos, cuando una se pone los anteojos y la mira de cerca, se encuentra que tiene un barniz masculino, es una palabra que viene de padre, pater en latín, y su fin está relacionado a lo mercantil, asociado a la idea de bienes y derechos que se adquieren y que pueden valorarse en términos económicos, como el patrimonio de una persona. Actualmente la palabra patrimonio resuena de forma constante ¡Se nos aparece bastante! Así que mejor que sepamos bien de qué se trata esta enjundia antes de tomarnos el caldito.

Como ya se nos había instalado en la mesa esto del patrimonio, el año 2001 se creó en Chile la Comisión Nacional Asesora de Patrimonio Cultural Oral e Intangible, al interior de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (DIBAM). Esta comisión asesoraba al Ministerio de Educación para “proponer la organización de un trabajo nacional para la protección, valorización y revitalización de los espacios culturales y las formas de expresiones culturales del patrimonio oral e intangible del país”. Esta comisión tuvo muy poco impacto y duró apenas un par de años, pero marcó un hito respecto del interés del Estado de implementar una política pública de protección de las diferentes expresiones culturales, dejando atrás los tiempos en que solo entendíamos patrimonio como aquello material y arquitectónico. ¡Se comienza un largo proceso que busca valorar lo oral y lo intangible!.

Luego, el año 2009 durante las gestiones del llamado Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA), nombre que hace unos años atrás tenía el actual Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, sucedieron dos cosas fundamentales que reorganizaron la cancha: Chile firmó la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, y se comenzó a implementar el programa de Tesoros Humanos Vivos.

En primer lugar, la Convención instaló definitivamente la noción de Patrimonio Cultural Inmaterial para referirse a aquello que usualmente decimos que es lo que “está vivo”, y que son nuestros conocimientos, técnicas, tradiciones y costumbres. Además, la Convención trajo un montón de trámites y gestiones asociados al rol del Estado en torno al Patrimonio Cultural Inmaterial, que han sido adoptadas por los organismos públicos relacionados al tema, y que en algún sentido se sienten como estrechas camisas de fuerza donde los profesionales tratan, con cariño, pero también a la fuerza, de hacer calzar todo aquello que a veces ni siquiera sabemos como se llama. “Me lo enseñó mi abuela” “Aprendí viendo” “Se hace así no más” son sabidurías difíciles de encajar en formularios de Gobierno. Pero ya hablaremos sobre esto más adelante.

Respecto de Tesoros Humanos Vivos, es importante decir que fue la misma UNESCO la que promovió que los Estados ejecutarán “sistemas” de Tesoros Humanos Vivos, como iniciativas que aseguren la protección de conocimientos y técnicas relacionadas al patrimonio cultural inmaterial, a través de la construcción de escuelas de oficios y programas de difusión permanente, financiamiento continuo, etc. En Chile, este reconocimiento se ha ido adecuando con los años a la realidad de nuestros contextos y a los continuos aprendizajes de todas aquellas personas que han estado involucradas en su ejecución. Ha sido un camino con altos y bajos donde han existido bastantes obstáculos y pocos recursos para poder llevar a cabo el ideal del reconocimiento que propone la UNESCO. Sin embargo, las personas encargadas de este nombramiento en los territorios en que se ha otorgado han intentado construir vínculos con las comunidades, siempre que ellas lo han querido y permitido. Es una iniciativa que ha estado en constante evaluación durante estos años, ha sufrido modificaciones y aún sigue a la espera de encontrar un espacio que le acomode dentro de las acciones que ahora realiza el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.

Respecto de la Convención de Patrimonio Cultural Inmaterial, podríamos destacar que en su origen este tratado internacional tuvo como objetivo trabajar con comunidades y pueblos que se encuentran vivos. Por este motivo, la convención se compone de “principios éticos” que buscan asegurar que todo el trabajo en relación al Patrimonio Cultural Inmaterial, asegure la efectiva participación y consentimiento de las comunidades involucradas, respetando sus tradiciones y costumbres, es decir, de aquello que conocemos como “derechos consuetudinarios”. Esto significa que ninguna persona o colectivo puede participar de las gestiones que dispone el Estado para la protección del Patrimonio Cultural Inmaterial, sin que se asegure que hayan manifestado su total voluntad y consentimiento. Estas acciones se realizan principalmente a través de los consentimientos informados, quizás más de alguna recuerde que cuando alguien fue hasta su casa para hacerles preguntas para una investigación les hizo firmar un documento llamado “Consentimiento informado” donde el o la investigadora se comprometieron a través de dicho documento a utilizar la información obtenida específicamente para lo que se le señala, resguardando su privacidad. No está demás decir que si usted no quiere participar de estas instancias está en todo su derecho de no hacerlo, no pueden obligarla a contestar ni a participar. Si aún no se han encontrado con una situación como esta cuando van personas a realizar investigaciones con respecto al oficio que realizan, es importante que sean ustedes mismas las que lo soliciten cuando lleguen estas personas hasta sus casas, ya que es la garantía que tienen para que se respeten sus derechos y no utilicen la información que ustedes están entregando de forma inadecuada.

Además de todo lo que hemos explicado, la convención sugiere a los Estados una estrategia para abordar el Patrimonio Cultural Inmaterial en sus políticas públicas. Esta se compone básicamente de dos instrumentos: el inventario y las medidas de salvaguardia.


Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio: Elementos de patrimonio cultural inmaterial, registros, inventarios y planes de salvaguardia.

Cuando una va a la feria, o a comprar al supermercado, hace un listado de lo que necesita comprar: pan, fruta, mantequilla. Otra cosa es cuando una se cambia de casa, por ejemplo, o cuando alguien muere y hay que hacer un inventario de sus bienes. Ahí la lista es un poco más compleja, porque hay que detallar lo que hay en cada caja, o en cada pieza de la casa: el finao dejó cinco muebles de madera, dos están en buen estado, dos en estado regular, y el último está en pésimo estado y solo sirve para leña. Algo así es la diferencia entre un registro y un inventario, que son los instrumentos que el Estado, a través del Ministerio de Cultura, las Artes y el Patrimonio, manejan para poder identificar y gestionar el Patrimonio Cultural Inmaterial presente en el país. La cosa es un poco más compleja y menos fría de lo que suena, ya que no solo se está hablando de cosas u objetos materiales, sino también de todo lo que existe tras ellas, como la historia, la técnica y la memoria de aquellas comunidades que representan los elementos que se están buscando registrar e inventariar.

Un registro es como la lista de la feria. Es un listado más o menos sencillo a la que se le van sumando las distintas prácticas, conocimientos, costumbres, técnicas, en definitiva, de formas de vida, que son consideradas patrimoniales por las mismas comunidades que apoyadas por los profesionales del Ministerio, definen, nombran y explican qué es lo que ellas consideran su patrimonio. Estos pueden resultar procesos que a veces se vuelven bastante largos y que implican movilización y consenso por parte de las personas que detentan dichos conocimientos, técnicas, prácticas y costumbres. En este registro actualmente hay 42 elementos tan distintos entre sí, como: los dulces de La Ligua, el oficio tradicional del organillero-chinchinero, los componedores de huesos de Tirúa o la artesanía chilota en fibras vegetales.

Por otra parte, hay un inventario, que es como el listado que se hace para el cambio de casa o para los trámites de la herencia del finao. Es un poco más complejo y detallado, contiene información relevante sobre situaciones particulares de cada práctica, sus periodos y tiempos, riesgos asociados, principales necesidades. Por ejemplo, en relación al Tejido en Crin de Rari y Panimávida, se incorpora una descripción detallada de la técnica, sus orígenes, su distribución territorial, etc. A esta se le llama “investigación participativa” y es cuando se está realizando esta investigación en los territorios que es necesario estar atentas a que nos hagan firmar los “Consentimientos Informados” de los que hablábamos anteriormente, porque recuerden es la manera de confirmar la participación adecuada de las artesanas y artesanos en las diferentes localidades, además, de asegurar el resguardo y privacidad de la información que se está entregando exclusivamente para dicha investigación. Actualmente hay 19 prácticas inscritas en el inventario que corresponde al territorio llamado Chile.

El objetivo del registro y del inventario es conocer el universo de expresiones culturales presentes en el territorio. Por ahí se dice que “no se valora lo que no se conoce”, por lo que es el primer paso para que el Estado proteja y valore dichas expresiones.

Se espera que sean los y las mismas integrantes de las colectividades quienes soliciten ingresar sus prácticas al registro y al inventario, en total conocimiento de sus derechos. Para que esto ocurra de esta forma es fundamental que las comunidades conozcan sobre esta posibilidad y los beneficios que les puede traer para el resguardo de su patrimonio. Para realizar una solicitud de este tipo primero es necesario entender todo esto que estamos intentando desmenuzar en este texto, sino ¿cómo podríamos solicitar algo que no conocemos ni entendemos?, por lo mismo ¿Les gustaría que se les entregara más información sobre estos temas? ¿Les interesaría conocer más sobre las consecuencias de ser declarado su oficio como patrimonio? ¿De qué forma y en qué circunstancias creen que podría darse la información y aprendizajes sobre estos temas?

Sigamos, ya queda poco. ¿Qué son los planes de salvaguardia? Se espera que los planes de salvaguardia convoquen voluntades de distintas instituciones públicas y privadas, para generar compromisos y medidas concretas que garanticen la subsistencia de un determinado elemento de Patrimonio Cultural Inmaterial. Hasta la fecha aún existen muy pocas experiencias sobre este tema en nuestro país, y todo lo que se está trabajando es más una apuesta que un camino pavimentado. Por ejemplo, el plan de salvaguardia más antiguo que existe es el de los Bailes Chinos, que comenzó a ser implementado el año 2016, es decir, recién hace cuatro años. La mayoría de los planes de salvaguardia comenzaron a implementarse este 2020, y los demás se encuentran en elaboración, como ocurre para el caso del Tejido en Crin de Rari y Panimávida. Por lo tanto, aún estamos en presencia de una política pública que está en plena ejecución y que podrá mostrar sus frutos en un par de años más. Esperamos que todos los actores de las distintas instituciones públicas y privadas que tengan incidencia en los territorios donde se están elaborando actualmente los Planes de Salvaguardia sean capaces de tener la visión y entender la importancia que tiene un propósito como este, ya que los años de experiencia y aprendizajes en el trabajo que se ha realizado con respecto al patrimonio deja en evidencia la necesidad imperante de que todos los actores se involucren en el resguardo y permanencia de los elementos de Patrimonio Cultural Inmaterial. Porque ¿Cómo podría ser posible dejar fuera de un plan de salvaguardia el tema de la salud de las artesanas? ¿o la vivienda, el turismo, las pensiones para una vejez digna, o el resguardo del medio ambiente y los entornos que habitan los y las artesanas?. Son muchos temas los que un plan de salvaguardia debe tomar en consideración y es fundamental que todas las partes involucradas pongan de su energía y atención para lograr su resguardo. ¿Quiénes para ustedes serían actores relevantes para pensar a largo plazo el resguardo del Tejido en crin? ¿Han pensado en qué temas son importantes al momento de planear una política pública integral para su oficio?

Quizás habrán leído y escuchado en varias oportunidades que se habla de “elemento” de Patrimonio Cultural Inmaterial y hasta ahora no les habíamos explicado a lo que se refiere. ¿Qué se quiere decir cuando se habla de elemento? Pareciera que se refiriere a una cosa, a un aspecto material. Pero, en realidad, es un concepto que se usa para referirse a los distintos tipos de costumbres, tradiciones, técnicas, conocimientos, etc. que componen al llamado Patrimonio Cultural Inmaterial. Como son manifestaciones culturales tan diversas, es una forma de estandarizar la denominación, y decirle de la misma forma. Porque algunos son artesanías, otros son comidas, otros bailes, otros conocimientos ancestrales sobre la naturaleza y el cuerpo, etc. Para referirnos a todas esas materias por igual, se les denomina “elemento”.

Llegamos al fin de este repaso por las distintas partes que componen esta hierba patrimonial. Estudiamos sus raíces, su forma de transplante, sus flores y frutos, y sus beneficios y maleficios. Esperamos que estos aportes entreguen herramientas que permitan mejorar los guisos y cocimientos, saber cuándo hay que usarla y cuándo no, ya que tiene sus partes malas, sus partes buenas, sus partes ambiguas y sus caminos por recorrer. Ojalá este texto haga surgir más y más preguntas, para que podamos seguir profundizando un poco más y finalmente sentirnos cómodas entre estos conceptos, sentir que nos pertenecen, en condiciones de igualdad y sin necesidad de tantos intérpretes para comprender qué nos están tratando de decir cuando finalmente están hablando de nuestras prácticas y saberes que hemos heredados por generaciones en nuestras comunidades y familias.

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